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¿Qué derechos pueden interesar especialmente a las personas entre 14 y 17 años?

... /... Debemos ser capaces de realizar nuestros sueños sin presión exterior.

Para realizar nuestros sueños debemos creer en nosotros mismos. Demandar respeto para que no nos limiten.

Debemos ser escuchados y reconocidos por las autoridades.Para ser escuchado es muy importante que nosotros mismos sepamos escuchar... /...

“Las niñas, niños y adolescentes tenemos voz y voto como protagonistas del mundo presente y futuro, recordando y mejorando los errores del pasado. Somos sujetos de derecho escribiendo nuestra propia historia”.

Declaración de Barcelona III Congreso Mundial sobre los Derechos de la Niñez y la Adolescencia

19 de noviembre de 2007

 

Quienes mejor pueden definir los derechos que más les interesan son los propios interesados, como demuestra este extracto de la Declaración de Barcelona. Siendo conscientes de que todos los derechos son importantes, a la hora de trabajar los derechos con personas mayores de 14 años, la propuesta es tratar derechos que pueden parecer obvios pero que no siempre se cumplen y derechos que pueden ir más relacionados con temas que les afecten.

Por ello creo que es importante destacar entre los derechos básicos:

  • Igualdad en derechos
  • Derecho a un nombre y a una nacionalidad.

Como derechos más relacionados con esta etapa destacaría:

  • Derecho a preservar su identidad
  • Derechos de expresión, políticos y de participación.
  • Derecho a la salud
  • Igualdad en derechos3: destacando la igualdad en derechos y el derecho a ser respetado como un ser humano único e irrepetible: la identidad. Cada niño, cada niña, es un ser humano único e irrepetible con una identidad propia. eso quiere decir que es dife-rente al resto de personas en muchas cosas: en su físico; ideas, opiniones, sentimientos, gustos.., de igual forma esa identidad la da el país donde se vive, el lugar de origen, los juegos preferidos, el nombre, la familia... Cada niña, cada niño tiene derecho a que las demás personas respeten esa identidad que les hace únicos.
  • Derecho a un nombre y a una nacionalidad: tener un nombre, una identidad y una nacionalidad representan el primer derecho de todos los niños y niñas pues significa el primer reconocimiento de su existencia.

“Imagina cómo sería tu vida si toda la gente que está a tu alrededor ignorara tu existencia. No tienes un papel con tu nombre y apellidos que dice que tú eres quien dices ser. El gobierno ni siquiera sabe que has nacido. No vas a la escuela y nadie se da cuenta. hagas lo que hagas, pasas desapercibido porque nadie te registra. Eres una persona invisible, inexistente. ¿Cómo sería tu vida en esas condiciones?”

Un nacimiento completamente registrado y documentado contribuye a garantizar el derecho del niño, de la niña a tener un origen, una identidad, una nacionalidad y también a salvaguardar sus demás derechos. Como señala UNICEF, la inscripción del nacimiento es fundamental para la realización de una serie de derechos y necesidades de orden práctico: acceder a la atención sanitaria (en más de 30 países, para que un niño reciba tratamiento en un centro médico es un requisito indispensable que figure inscrito); garantizar que la matriculación escolar tiene lugar a la edad correcta; asegurar el cumplimiento de las leyes relativas a los requisitos de edad mínima de contratación laboral, reforzando los esfuerzos dirigidos a prevenir la contratación infantil; prevenir el matrimonio forzoso de las niñas antes de haber alcanzado la edad legal, que se puede acreditar; proteger a los jóvenes del servicio militar o el reclutamiento de menores; proteger a los niños y niñas de agresiones por parte de la policía y otros agentes de la ley; garantizar el derecho del niño a una nacionalidad en el momento de su nacimiento…

¿Qué es importante saber sobre la nacionalidad? Desde el punto de vista del Derecho, la nacionalidad es lo que identifica a una persona como miembro de una comunidad, de tal forma podemos decir que en cualquier país quien no tiene la nacionalidad de allí se llama extranjero. La diferencia entre tener una u otra nacionalidad es que se tienen que cumplir las normas determinadas hechas por el país de donde se tiene la nacionalidad. Las normas de cualquier lugar nunca pueden quitar derechos a los niños y las niñas como la educación, la salud, la libertad de expresión, Por eso, cuando un niño o una niña se va a otro país no le pueden negar derechos básicos como la escuela o la sanidad porque son personas de especial protección. tampoco se le puede negar estar en ese nuevo país. Cuando cumpla los 18 años, necesitará de otros requisitos para permanecer en el país.


Chica con cámara y adulto con mano en su hombro

La libertad ideológica y de creencias

Llamamos "nuestras convicciones", o sea todo aquello de que creemos estar seguros, con respecto a lo cual sabemos a qué atenernos. Y ese conjunto de seguridades que pensando sobre la circunstancia logramos fabricarnos, construirnos —como una balsa en el mar proceloso, enigmático de la circunstancias—, es el mundo, horizonte vital. De donde resulta que el hombre para vivir necesita, quiera o no, pensar, formarse convicciones — o lo que es igual, que vivir es reaccionar a la inseguridad radical construyendo la seguridad de un modo, o con otras palabras, creyendo que el mundo es de este o del otro modo, para en vista de ello dirigir nuestra vida, vivir...

Ortega y Gasset

 

La libertad ideológica y de creencias es uno de los derechos fundamentales, porque es lo que garantiza realizar una de las acciones fundamentales del ser humano: pensar, tener ideas propias, creer y difundir estas ideas y creencias. Y eso lo tiene todo el mundo4.

  • ¿Cuándo tienes menos de 18 años, se tiene capacidad para elegir por sí mismo una religión o no tener ninguna? Las leyes establecen unas edades para las que ya se está capacitado para hacer determinados actos. La edad clave para todo esto es la de 18 años. Con esta edad se puede votar, tener responsabilidad plena para hacer contratos…Pero también hay otras edades, por ejemplo, 12 años para consentir ser adoptado, 14 para hacer un testamento… y también hay veces que se dice que las personas menores de 18 años pueden ejercer derechos pero no se establece ninguna edad. esto último es lo que pasa con la libertad ideológica y de creencias. No se dice ninguna edad pero se dice que podrá ejercerse cuando la persona menor de 18 años menor tenga madurez suficiente y esto, más o menos, se alcanza con unos catorce años.
  • ¿Hay límites a esta libertad y cuáles son? La libertad ideológica y de creencias, aunque sea un derecho fundamental tendrán unos límites mínimos para garantizar el ejercicio del derecho y se dará, por ejemplo, cuando se vulneren los derechos de los demás. Por ejemplo, si se es católico, se puede ejercer la religiosidad como se quiera, pero no se puede pretender convertir a la fuerza a otra persona que sea de otra religión o crea en otras cosas que no sean propiamente religiosas. También tendrán sus límites si chocan con otros derechos, por ejemplo en el caso de transfusiones de sangre a personas menores de 18 años cuya vida corre peligro y sus padres, de determinadas creencias religiosas se niegan. Por eso, en ese caso, la salud de ese niño no hay que verlo como un asunto puramente privado, de su familia, sino que es responsabilidad pública, del juzgado y del médico.

PUNTO Y SEGUIDO… buena suerte en el acompañamiento de niñas, niños y jóvenes a hacer realidad sus derechos

 

Notas

(3) De la página web sobre los derechos de la infancia rayuela. www.rayuela.org de la Liga española de la ecuación y la Cultura Popular.

(4) Belén Rodrigo Lara. "Aquí entre nos conociendo los derechos de los adolescentes". Editado por la Junta de Castilla y León. Coordinado por la Plataforma de organizaciones de Infancia

 

Foto: Steven Lelham

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